martes, 21 de febrero de 2012

Generosidad con lo ajeno

Te concedo 3 deseos de otros.

Es una cuestión a la que a veces nos enfrentamos, y que puede parecer un poco problemática. Lo ilustro con 3 ejemplos:

Inmuebles regalo, que para mí no tengo

Con la normativa en la mano, tener un bien inmueble puede ser una putada, ya que si eres propietario de un bien inmueble diferente de tu casa, no podrás cobrar las ayudas. Para solventar esta barrera y no tener que venderlo (en cuyo caso se computarían ingresos), los hay que deciden donar el inmueble (lo que viene siendo en el habla vulgar "ponerlo a nombre de otro") para dejar de ser titulares y así teóricamente cumplir los requisitos. Se siente, pero no cueña. Bien inmueble donado es como si lo tuvieras. No vale con regalarlo. Puede pasar que decidas generosamente regalar ese inmueble a alguien a quien aprecias, no lo niego. Pero también perderías el derecho a la prestación.

El buen hijo

Hoy mismo tenía en el mostrador a un ciudadano pakistaní, soprendido porque se le había denegado la ayuda. Consultadas las observaciones, veo que él había declarado no tener ingresos, pero que se había detectado que mandaba dinero a su madre. Encomiable, y digno de aplauso. Pero obvio también que si manda dinero es porque tiene ingresos. Y había dicho que no los tenía.

Peliagudo, pero sigamos.

La ex-pareja ideal

Está claro que no todas irregularidades revisten siempre mala fe. Pero a veces es difícil de creer, como el caso de un beneficiario al que se había requerido que explicara qué había hecho con el dinero de la venta de un inmueble (hablamos de 200.000 euros)y afirmaba, sin ningún rubor, que ya no los tenía, porque se los había donado a su ex-pareja. Diré que tengo en gran estima a mis ex-novias, que guardo un precioso recuerdo de ellas, y que nunca nadie me oirá decir nada malo de ninguna de ellas. Pero pardiez, creo que nunca se me ocurriría regalarles tal suma de dinero.

Aquí, como no sorprenderá, suspensión al canto.

Estos temas, como ya he adelantado, pueden parecer un poco peliagudos. Pues, ¿acaso no tiene derecho un preceptor de ayudas a tener gestos de generosidad con sus allegados? Pues naturalmente que sí, faltaría más. Pero a lo que tiene derecho es a regalar su dinero. Si por regalar algo te estás generando una necesidad que hace que tengas que cobrar las ayudas, y las cobras, ya no estás regalando lo que es tuyo, sino lo que es público.

En el caso del inmueble, si en vez de venderlo y vivir de eso lo regalas, si cobras la ayuda, lo que has regalado es dinero público. En el caso del pakistaní, lo que hace encubiertamente es que su madre, sin cumplir los requisitos como todo el mundo, cobre la ayuda. Y en el de los 200.000 euros. Pues hombre, has regalado 200.000 euros, tus motivos tendrás, pero no vengas ahora a pedir dinero.

Si así fuera, yo me dedicaría todos los meses a regalar mi salario y después a ir tesorería a pedir que me lo volvieran a dar.

No hay comentarios: